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¡Aprobado en primer debate proyecto que descongestiona la justicia!

El proyecto del Senador Humberto De La Calle que descongestiona la justicia en Colombia es aprobado en Comisión Primera de Senado.

 

  • Con votación unánime en Comisión Primera avanza el proyecto que introduce el arbitraje en procesos ejecutivos buscando la descongestión judicial que se presenta actualmente.
  • El proyecto de ley establece medidas para garantizar que la habilitación del pacto arbitral ejecutivo se de manera libre y autónoma. Se protege tanto a los usuarios del sistema financiero como a los tenedores de los títulos valores.

El día de hoy se aprobó en comisión primera el proyecto de ley del senador Humberto De La Calle que introduce el arbitraje en procesos ejecutivos. Este proyecto busca que las partes se comprometan a someter a arbitraje la ejecución de títulos ejecutivos y las controversias relacionadas. Esto busca aliviar la congestión judicial al ofrecer un proceso rápido que persigue la justicia social en la resolución de disputas.

Hasta 2021, en Colombia, el 72% de los procesos son ejecutivos, y gran parte de ellos pertenecen al sector financiero. Hemos establecido la posibilidad de que estos procesos ejecutivos sean decididos por árbitros, con el fin de reducir significativamente la carga del sistema judicial. Esto permitirá que los jueces se dediquen a otros litigios que se encuentren pendientes.

Este proyecto incluye un componente de justicia social que limita los posibles abusos por parte de los bancos. Por esta razón, una parte importante del mismo se centra en la protección del usuario del sistema financiero:

  1. Los bancos tienen la obligación de proporcionar información detallada sobre las implicaciones del pacto arbitral para procesos ejecutivos.
  2. En el caso de créditos hipotecarios, tanto el banco como el notario deben garantizar que el usuario sea consciente de que, en caso de impago, el proceso debe pasar por un tribunal de arbitraje. No se incluye vivienda de interés social.
  3. Se establece un derecho de retracto que permite a los deudores ejercer su derecho de retracto en los 60 días siguientes a la entrega del dinero, evitando así someterse al tribunal de arbitraje. Esta medida beneficia especialmente a los deudores más vulnerables.

El objetivo principal es aliviar la carga de la justicia ordinaria, que actualmente enfrenta una congestión significativa, al tiempo que se garantiza la autonomía de las partes, especialmente en contratos con desequilibrio contractual, como los del sistema financiero. Esta innovación colombiana asegura la independencia de los árbitros, con supervisión estatal en la regulación del procedimiento.

 

Articulado:
22-08-2023 – ARTICULADO PROPUESTO PARA PRIMER DEBATE – PONENCIA ARBITRAJE 2023

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